A esos y a más de un cura, ya los condenará Quien tiene el poder de juzgarlos. Yo no les arriendo la ganancia a más de uno.
Pero el problema es que hay muchos que no tienen fe, que no creen que haya un más allá ni un cielo ni un infierno. Hay muchos que tienen el sacerdocio como una profesión, bastante cómoda por cierto.
Se debería condenar también a los obispos españoles, desde luego, es de justicia…
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Artículo 11. Medidas de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas.
La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, UN METRO.
NecroSánchez les posibilitó el poder abrir los templos para celebrar la misa, y los obispos, excepto alguno, los cerró sin cobertura legal alguna.
Hay mucho funcionario eclesiástico y poco obispo
A esos y a más de un cura, ya los condenará Quien tiene el poder de juzgarlos. Yo no les arriendo la ganancia a más de uno.
Pero el problema es que hay muchos que no tienen fe, que no creen que haya un más allá ni un cielo ni un infierno. Hay muchos que tienen el sacerdocio como una profesión, bastante cómoda por cierto.
Efectivamente: de Dios nadie se burla.
Se debería condenar también a los obispos españoles, desde luego, es de justicia…
Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Artículo 11. Medidas de contención en relación con los lugares de culto y con las ceremonias civiles y religiosas.
La asistencia a los lugares de culto y a las ceremonias civiles y religiosas, incluidas las fúnebres, se condicionan a la adopción de medidas organizativas consistentes en evitar aglomeraciones de personas, en función de las dimensiones y características de los lugares, de tal manera que se garantice a los asistentes la posibilidad de respetar la distancia entre ellos de, al menos, UN METRO.
NecroSánchez les posibilitó el poder abrir los templos para celebrar la misa, y los obispos, excepto alguno, los cerró sin cobertura legal alguna.
¿ Condenar a quien, a los calzonazos meapilas?