Lo cierto es que últimamente, y creo que no ha sido este el primer caso, al aceptársele la renuncia antes de los 75 años a un obispo, ya no se dice que es por el canon 401.2: motivos de salud u otra causa grave. Con lo que los enfermos dejaban siempre la duda de si su relevo habría sido por otra «causa grave».
Hoy se la han aceptado al obispo de Waga Waga (Australia), Hanna, antes de cumplir los 75 años. Sin especificación alguna del canon correspondiente. Si me han hecho caso, porque hay que ver lo que llevo reclamándolo, creo que es un acierto. Y si se les ocurrió a ellos, porque nunca me leen, también.
No tengo el menor prurito en ponerme medallas ajenas. Me es igual haber sido yo el responsable de ese cambio vaticano o que de la evidencia se hayan dado cuenta ellos mismos. Lo importante es que haya desaparecido la mención tan deshonrosa a los enfermos. Todos seguiremos sabiendo si a un obispo le aceptan la renuncia antes de que la hubiera presentado por motivos de edad. Pero sin el canon al lado que manifiesta las dudas. Aunque sin duda podrá seguir habiéndolas. Pero no tan clamorosas.
Tal vez la mejor solución fuera, dejando independientemente el hecho de que todo obispo debe presentar la renuncia al cumplir los 75 años, que el Papa la acepta cuando quiere si se la han presentado, al margen del motivo que sea Cierto o inducido. Y sin mentir cuando no se la han presentado. Más o menos voluntariamente. En esos casos, muy excepcionales, la fórmula debería ser que el Papa cesa al obispo de N. En uso de sus prerrogativas. ue tampoco hay que hacer mención de ellas.
Hagan lo que hagan, que eso es cosa suya y no mía, me alegra que haya desaparecido la mención al 401.2. Que de entrada era irritante e inducidora de sospechas. Aunque no las hubiera. Restarán sobre algunos casos, alguno español y reciente, pero ya sin alharacas canónicas. Ha cesado y punto. Por supuesto que voluntariamente. Aunque ello desdiga anteriores manifestaciones del obispo. Pero todo el mundo puede cambiar de parecer. Motu propio o ajeno.
Hermenegildo:
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Lo de Rylko parece claro. Se dice además, que va a Cracovia como sucesor de Dziwisz, que lleva dos años y medio de prórroga. No es meos cierto, sin embargo, que durante mucho tiempo se dijo que Rylko estaría al frente del nuevo dicasterio de Laicos-Familia-Vida y luego el favorecido ha sido el obispo de Dallas. Veremos.
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Lo de Turkson en cambio es muy confuso. El «Bolletino» de 31-8-2016 trae un «Comunicato della Sala Stampa»donde se lee: «Il Santo Padre ha nominato Prefetto del nuovo Dicastero l’Em.mo Cardinale Peter Kodwo Appiah Turkson, attualmente Presidente del Pontificio Consiglio della Giustizia e della Pace», sugiriendo que en tanto no entre en funciones el nuevo organismo el africano compagina las dos jefaturas. Pero en los «Rinunce e nomina» del mismo día 31-8-2016 se lee: «Il Santo Padre ha nominato Prefetto del nuovo Dicastero per il Servizio dello Sviluppo Umano Integrale Sua Eminenza il Signor Cardinale Peter Kodwo Appiah Turkson, FINORA Presidente del Pontificio Consiglio della Giustizia e della Pace». ¿Es qué quedamos? No creo desbarrar si deduzco que, en un mismo día, el «Bolletino» está diciendo una cosa y su contraria. Lo que como técnica jurídica no resulta precisamente un modelo de finura.
D. Antonio: creo que el Cardenal Turkson sigue presidienco «Justicia y Paz» hasta el 1 de enero en que desaparece este Pontificio Consejo y entra en vigor el nuevo dicasterio.
En cuanto a Rylko, pienso que ahora mismo no ocupa ningún puesto, ya que el Pontificio Consejo que presidía desapareció el pasado 1 de septiembre.
Al margen de que Roma le haga tanto caso al blogger, a quien, seguro, se debe el traslado del obispo de Mallorca, y los trascendentales cambios en la vida de la Iglesia que suponen las informaciones sobre nombramientos del «Bolletino», habrá que contar también con que desde hace un tiempo los datos que proporciona la oficina de información del Vaticano sobre nombramientos cada vez son más parcos.
Sin mencionar las causas de la renuncia, la situación sigue igual, se haga referencia o no al canon que se aplica. Quizá ahora no se excite la mórbida curiosidad del sr. F. de la Cigoña, pero sí de otros muchos muy preocupados de si ha habido un motivo escandaloso o no, como si tanto les importara…
En Roma han hecho una cosa de bastante lógica.
Se hubiera hecho exactamente igual aunque Fernández de la Cigoña no hubiera dicho ni una palabra al respecto.
No creo que la opinión del bloger haya tenido en esa decisión , ninguna influencia ….como tampoco creo que sus malas opiniones sobre ciertos obispos influyan en que se les acepte su renuncia a los 75 años , ni que su buena opinión sobre un obispo valga para que le confíen en Roma una diócesis de más importancia
Magister, además, confirma algo que a mi me parecía evidente pero que pasaba desapercibido; nunca ha aparecido un acto formal de renuncia o aceptación de renuncia de Mons. Vallejo, que por anto se colige sigue «in officio». Curiosa situación. Hay cardenales y obispos postergados o cesados por no seguir la línea oficial, pero se mantiene en su puesto a quien la Justicia vaticano condena y recluye. Peculiar situación, la verdad.
Por cierto, don Francisco. Ya que al parecer le leen en las altas instancias, y hasta le hacen ¡por fin! caso, yo le rogaría que les trasladara una duda muy simple. O mejor dicho varias. ¿Qué diablos son los nuevos «dicasterios» producto la reforma de la Curia recientemente operada -asunto por cierto no tocado aquí-? ¿Cómo se incardinan en las categorías curiales existentes? ¿Son congregaciones, como parece sugerir la figura del Prefecto, o son consejos pontificios, como parece deducirse de que no se compongan de cardenales? ¿Por qué S.S. tiene tanta aversión a las formalidades jurídicas -que no están para molestar sino para dar claridad-? ¿El cardenal Turkson sigue presidiendo Justicia y Paz o ya no? ¿El cardenal Rylko, qué es exactamente en estos momentos?¿Y qué va a ser de la catarata de cesantes que ocasiona la reforma (ver el artículo de Magister el pasado día 9 sobre el «efecto Francisco en la Curia») entre ellos varios españoles? Claro que, pensándolo mejor, no hace falta que traslade nada. Abogar por la confusión, también en este asunto, ya no constituye ninguna sorpresa.
La última mención del 401 data del pasado 24 de agosto (renuncia del obispo de Parnaíba, Brasil). Desde entonces ha habido varias aceptaciones de renuncia -la sonada de Mons. Oliveri pero varias más, más o menos media docena- que omiten la cita del canon. Parece por tanto confirmado el cambio de «modus operandi». Lo que no veo tan claro como usted es que la novedad aminore las dudas clamorosas. Respecto a los mayores de 75 podemos comprobar su edad y colegir que ésta es la causa exclusiva de la renuncia. Pero los «menores» seguirán pareciendo sospechosos de algo aunque no haya por qué.
En el caso que nos ocupa, parece ser que el motivo de la renuncia está relacionado con un caso de abusos sexuales en el que este obispo fue culpable de encubrimiento.