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¿El copríncipe en la cuerda floja?

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Su apoyo a alguno del Pueblo de Dios no le caerá bien a Ladaria, Arana, el Planillas y Omella. Y lo de copríncipe repateará al amante de todas la patanerías periféricas. No mamó otra cosa. El Buon pranzo, por ejemplo.

Pues que se ande con cuidado Vives no vaya a quedar en Sicilia.

Tonto no es pero el coprincipado no es de su persona sino del obispo de Urgel. Y no del emérito.

https://germinansgerminabit.blogspot.com/2019/05/el-coprincipe-vives-interrumpe-sus.html

En la fotografía le veo muy desmejorado

 

Comentarios
4 comentarios en “¿El copríncipe en la cuerda floja?
  1. Podrá repatearle pero tendrá que aguantarse. El Principado de Andorra no es un condominio -como lo es, todavía, la Isla de los Faisanes- sino un estado soberano y constitucional. El coprincipado viene de lejísimos: de unas sentencias que en el siglo XIII resolvieron las contiendas entre el conde de Foix y el obispo de Urgel. Pero hoy Andorra tiene una constitución y es ella la que, de conformidad expresa con la tradición histórica, hace del obispo de Urgel y el presidente de la República Francesa jefes de Estado por personal y exclusivo derecho, ejerciendo sus poderes conjunta e indivisiblemente. Ítem más, el art. 43 de la Constitución dice que sus poderes son iguales y derivan de la propia Constitución. Nada que ver, por tanto, la Santa Sede. Incluso si esta ordenara al obispo de Urgel renunciar al coprincipado, podría -y debería- ejercerlo por voluntad del pueblo soberano andorrano plasmada en la Constitución. Y si Roma cesa al obispo y otro le sucede, igualmente será copríncipe con poder emanado de la constitución andorrana y con independencia de la voluntad favorable o adversa de la Santa Sede, que no es quién para decidir quién es el jefe del Estado andorrano.

    1. D. Antonio

      Creo que me he perdido un poco. Es muy interesante que aclare que no es el obispado el que ostenta el cargo, lo mismo que no es la república francesa, sino el obispo y el presidente de Francia. También queda claro que el papa no puede hacerle renunciar al coprincipado, ya que es un cargo personal. Pero y aquí mi duda, si el Papa traslada al obispo, a Lérida, por ejemplo, el nuevo, sería el coprincipe y este al perder la sede, dejaría de serlo.

      Según entiendo, la forma que tiene el Papa de quitarlo de copríncipe, es con un simple o no tan simple, traslado.

      1. Sí, claro. El Papa decide qué persona va ser obispo y por tanto qué persona va a ser copríncipe y cojefe de estado. Pero no puede eliminar la institución ni modificar la institución, que es lo que entiendo le repatea. Pero puede hacerlo porque la la propia Constitución lo prevé en su art. 49: «En caso de vacante de uno de los copríncipes, la presente Constitución reconoce la validez de los mecanismos de sustitución establecidos por sus respectivos sistemas legales». Hay sin embargo algunos casos cuya solución se me antoja dudosa. ¿Qué pasa si el Papa deja la sede vacante por tiempo indefinido? ¿Que pasa cuando no hay obispo residencia sino administrador apostólico o diocesano? ¿Qué pasaría si el Papa extinguiera la sede incorporando su territorio a otra sede? No lo veo claro, aunque supongo que sería el pueblo andorrano quien tendría que proveer.

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