Cae otro obispo de 67 años

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Ashur Soro – Medium

¿Enfermo? ¿Misericordiado? ¿Impresentable?

Bishop Bawai (Ashur) Soro

Bishop Emeritus of Mar Addai of Toronto (Chaldean)Canada


Events

Date Age Event Title
3 Mar 1954 67.52 Born
7 Jan 1973 18.8 Ordained Deacon Deacon
21 Feb 1982 27.9 Ordained Priest Priest
21 Oct 1984 30.6 Ordained Bishop Bishop
11 May 2008 54.1 Converted
11 Jan 2014 59.8 Appointed Official of Saint Peter the Apostle of San Diego (Chaldean)USA
11 Jan 2014 59.8 Appointed Titular Bishop of Foratiana
31 Oct 2017 63.6 Appointed Bishop of Mar Addai of Toronto (Chaldean)Canada
29 Nov 2017 63.7 Installed Bishop of Mar Addai of Toronto (Chaldean)Canada
11 Sep 2021 67.5 Resigned Bishop of Mar Addai of Toronto (Chaldean)Canada

 

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Event Place
Birth Place Kerkūk, Iraq
Comentarios
11 comentarios en “Cae otro obispo de 67 años
  1. El obispo Bawai Soro ha renunciado por motivos de salud. Se puede leer en la web del Patriarcado Caldeo en su última reunión.
    Según parece en su momento fue una figura importante de la Iglesia Asiria, un teólogo que llevaba el diálogo con la Iglesia Católica. Se llevo con él a varios sacerdotes y diáconos y unas 1000 familias en USA.

  2. Posiblemente la rápida renuncia del obispo Bawai Soro tenga más miga de la que parece, aunque ciertamente falta conocimiento de lo que realmente ha provocado su renuncia.

    La conversión aludida en CH fue el pase de la Iglesia Asiria de Oriente a la Iglesia Caldea (que en realidad es una escisión de la primera). Soro fue obispo de San José (California) de la Iglesia Asiria, y abandonó para adherirse a la Iglesia Caldea y ser nombrado inmediatamente obispo titular y unos después obispo diocesano de la eparquía de Mar Addai en Toronto.

    A juzgar por lo que puede leerse en https://www.sandiegouniontribune.com/sdut-chaldean-bishop-pope-francis-2014jan14-story.html, su pase de una iglesia a otra fue algo traumático y sufrió acusaciones de no haber obrado con total limpieza.

    Cabe imaginar que para la Iglesia Asiria continuara siendo un desertor y para la Caldea un arribista; una persona, en suma, molesta para ambas confesiones.

    Casualidad o no, la Iglesia Asiria de Oriente tiene desde el pasado miércoles un nuevo Patriarca: Mar Awa Royel, hasta ahora, miren qué casualidad, obispo de la diócesis (asiria) de California, y seguro que buen conocedor de la intrahistoria del “caso Soro”, y por otra parte en buena relación con Roma (ver artículo en https://www.infocatolica.com/?t=noticia&cod=41437).

    Pueden haber sucedido dos cosas. Que el nuevo Patriarca asirio haya exigido a Roma el cese del otrora obispo asirio desertor, o que la Iglesia Caldea (cuyo patriarcado, por cierto, ha desechado el tradicional título de Patriarcado de Babilonia de los Caldeos mudándolo por el de Patriarcado de los Caldeos, no se vé claro por qué) haya exigido a Roma que le libren de ese obispo de aluvión y de tránsito al parecer discutible, O ambas dos.

  3. Pongo con permiso esta pregunta de nuevo porque creo que no la vio: pregunta para Antonio Lasierra y antes que nada me disculpo porque ya le pregunté en otra ocasión y esta pregunta está relacionada con la anterior: ¿el Papa tiene que estar en Roma para anunciar un consistorio? Ya le doy las gracias de antemano.

    1. Sin perjuicio de que don Antonio le dé una respuesta mucho más precisa, el Papa no está sometido a ningún requisito legal en su actuar porque «tiene, en virtud de su función, potestad ordinaria, que es suprema, plena, inmediata y universal en la Iglesia, y que puede siempre ejercer libremente.» (canon 331 Código de Derecho Canónico).

      En román paladino y en cuanto al Derecho «terreno» (por contraposición al Divino), el Papa está, literalmente, por encima de la Ley: con independencia de lo que pueda decir la normativa canónica, los actos del Papa son siempre válidos (eficaces) y lícitos (conformes a Derecho).

      Por ejemplo, es lo que sucede cuando se salta el límite de 120 cardenales electores: cuando el Papa nombra cardenales de manera que se excede el límite, aunque lo haga sin derogar la norma, prima el acto papal sobre ésta.

      Así que haya o no norma al respecto, lo que ignoro, el Papa puede anunciar un consistorio cuándo, dónde y cómo le plazca.

    2. Vi la pregunta y contesté, aunque con un poco -creo- de retraso. En el hilo sobre la promoción del arzobispo Vérgez.

      Pero el error que desde hace semanas sufre el funcionamiento del blog, el desfase entre portada y «páginas anteriores», que tienen siempre desaparecida más o menos una semana de artículos, hace que posiblemente ese hilo está invisible hasta dentro de unos dias. Pero puede usted leer el hilo y la respuesta que le di en el siguiente enlade: https://infovaticana.com/blogs/cigona/el-espanol-fernando-vergez-nuevo-gobernador-de-la-ciudad-del-vaticano/.

      A la otra pregunta no puedo contestarle con total exactitud. O mejor dicho, puedo contestarle que no creo que haya una norma al respecto. No tengo ahora tiempo de buscar los recovecos de la legislación, pero no me suena que haya hoy alguna norma que expresamente ordene que el anuncio deba hacerse en Roma (o más exactamente dentro de los límites del SCV).

      Se me ocurre una razón adicional para una respuesta negativa. Por las razones expuesta en la respuesta a su primera pregunta, valga decir por la plenitud del poder papal, incluso de existir una norma que obligara a hacer el anuncio «in Urbe», el Papa podría realizar el anuncio donde quisiera. Porque su voluntad es fuente de Derecho y está por encima la ley escrita.

      Añado que se me ocurre una razón para negar la obligatoriedad de que el anuncio se realiza «in Urbe», Que el anuncio es innecesario. No puedo en este momento buscar normas al respecto, pero, como la creación se produce en el debido consistorio, el anuncio no tiene valor constitutivo sino meramente informativo, Cuando el Papa anuncia un consistorio, por lo general con cinco semanas de antelación, no está creando cardenales, solo anticipando su voluntad de crearlos en el próximo consistorio. Por ello cuando cardenal anunciado muere en
      el lapso temporal entre anuncio y consistorio, no llega a ser cardenal (por ejemplo el patriarca Agostini de Venecia en 1953 y von Balthasar en 1988).

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