Vicente Montesinos
Creo que ha llegado el momento, dada la situación excepcional que vivimos, de aclarar de una vez por todas la controvertida relación entre la fe y la autoridad; desde el punto de vista de la doctrina tradicional católica inmutable; ya que ahora, más que nunca, es precisa una aclaración de la confusión existente entre estos conceptos, y una recta interpretación de los mismos. Ello nos llevará, sin escándalos ni alharacas a poder discernir cuando es legítima la desobediencia.
Y ello porque el tema no puede interpretarse como lo hace el mundo y la Iglesia hoy (para los que lo que dice la autoridad eclesial, sea lo que sea, va a misa); pero tampoco de una forma tan simple como manifestar que cada vez que una autoridad eclesiástica legal, como el Papa, abusa de su oficio, dando un mandato que no debiera haberse dado, entonces sus inferiores tienen el derecho (quizás incluso el deber) de resistirlo, es decir, se les permite o se les exige desobedecer negándose a ejecutarlo.
Salvadas ambas modalidades extremas; quiero afirmar con toda rotundidad que, por supuesto, hay ocasiones en que un católico puede (y debe) desobedecer las instrucciones dadas por la autoridad eclesiástica legítimamente constituida, incluso en los asuntos que son de su competencia. Tal desobediencia puede ser moralmente permisible, y de hecho moralmente obligatoria.
Pero estas ocasiones caen en una sola categoría, es decir, cuando la autoridad en cuestión da una instrucción que es imposible obedecer sin cometer claramente un pecado. Entonces la desobediencia al superior eclesiástico no es más que un efecto accidental de un acto de obediencia a una autoridad superior.
La doctrina católica sobre este tema, nos la brinda muy bien San Roberto Bellarmino en su De Romano Pontifice , lib. IV, cap. 15. Y además nos sirven de estudio las enseñanzas del P. H. Hürter, que en su Compendio de Teología Dogmática , vol. Yo, p. 277, nos informa que “no es posible que la Iglesia apruebe una disciplina general universalmente obligatoria que sea contraria a la fe o a la moral o que cause un daño grave a la religión”.
Es por ello que sí (y les invitamos a leer ambos tratados, que exceden de la posibilidad de extensión de este artículo) es posible y permisible desobedecer una ley universal de la Iglesia que no ha sido revocada cuando:
- La ley es física o moralmente imposible de cumplir. La imposibilidad moral, en este caso, significaría que la obediencia a la ley eclesiástica requeriría la desobediencia a una ley superior (por ejemplo, si, para cumplir con la ley que requiere asistencia a la misa del domingo, uno tuviera que abandonar a una persona enferma que necesite de atención continua)
- Cesación automática de la ley. Esto ocurre cuando las circunstancias sobrevinientes hacen imposible que una ley logre cualquiera de los buenos fines para los que el legislador la promulgó.
- «Epikeia» . Este es el principio según el cual una ley que permanece generalmente en vigor puede dejar de vincular a un individuo en particular en un caso particular porque circunstancias totalmente extraordinarias hacen que la ley sea perjudicial o excesivamente onerosa para esa persona en ese caso.
Dejando a un lado los casos concretos que extraemos de la lectura de estos eminentes teólogos; me interesa destacar lo escrito por el P. Patrick Murray en su De Ecclesia , Disputatio XVII, Sectio IV, n. 90, al decir que “uno está siempre obligado a obedecer al Pontífice (romano) cuando da un mandato absoluto, ya sea que lo haga infaliblemente o no, en todo lo que no implique pecado manifiesto “. Otra vez queda claro.
Es decir: la obediencia es vinculante salvo que llevada a cabo por nosotros fuese un pecado. Insisto. Al considerar el tema de cuándo es permisible desobedecer a las autoridades eclesiásticas, es de suma importancia tener en cuenta esta distinción: si uno pecara obedeciendo un mandamiento, uno puede y debe desobedecerlo.
Pero es que acaso… ¿No podemos apoyarnos también en las palabras de San Ignacio de Loyola cuando manifiesta que: «Cuando, a mi juicio, el superior me ordena hacer algo que esté en contra de mi conciencia o me parezca pecado, y el superior piensa lo contrario, debo creerle a él a menos que esté manifiestamente equivocado» . ( Monumenta Ignatiana , serie 1a, XII, 660) (ojo pues a esa equivocación manifiesta, una vez más)
Por lo tanto, si un Obispo, y también el de Roma, promulgan una ley para su diócesis (o para la cristiandad), que manifiestamente implique hacer un pecado, evidentemente debe ser desobedecido.
Ahora, pues, y partiendo de la premisa de que los católicos estamos sujetos a la autoridad de nuestro ordinario y del Papa, y unidos en indisociable comunión con el cuerpo místico de Cristo; existe, como hemos visto, sin ningún género de dudas, la posibilidad (y el deber) de desobedecer el mandato que nos obligue a pecar. Y ello no aminora nuestra condición de católicos; antes bien todo lo contrario.
Y todo ello, claro está, partiendo de la premisa de que la autoridad que emite la instrucción, orden o ley; sea la legítimamente nombrada y elegida para el cargo; o no se haya situado, por sus propios actos objetivos, en excomunión manifiesta e inhabilitante para dar órdenes de facto… Porque en ese caso ni siquiera haría falta entrar a valorar la doctrina antes expuesta…
Si se diera el caso, claro…
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El artículo abre la puerta a considerar la desobediencia contra toda ley o mandato ilegítimo, venga de donde venga, gobiernos, padres, iglesias, etc…
Cristo nos enseña que esto es una obligación moral de su rebaño. Él no respetó el Sabbath, porque se había convertido en una cadena injusta, sin embargo, siendo Dios, respetó el bautismo de Juan.
El principal problema que veo es el del discernimiento, y más en esta era de confusión. La ayuda del Espíritu Santo y estar en Gracia de Dios son dos grandes aliados para discernir correctamente, pero a veces es difícil interpretarlo.
Esta desobediencia nos obliga también en la vida civil y social, como por ejemplo oponerse al aborto, a la corrupción, al abuso, por mencionar algunas situaciones, pero es difícil hacerlo, hay que ser valiente, y reconozco mi propia debilidad.
No vale decir aquí sí y aquí no aduciendo razones interesadas. Cristo nos enseño a tener una sola palabra y una sola voluntad.
«El demonio puede ocultarse detrás del manto de la humildad, pero no puede vestir el manto de la obediencia.»
Coincido con Natanael y Carlos.
Muchísimas gracias a quienes con su bondad y paciencia nos explican las cosas según el verdadero evangelio y protegen el auténtico magisterio de la Iglesia.
Que vean si pueden hacer lo mismo ( sin salirse de contexto) los que defienden el cambio. Comprueben donde está la obediencia.
Grande, hope!
Muy bien, Vicente y Natanael.
Dicho esto, yo soy, por el bien de mi alma, un desobediente total a Francisco y a los que le secundan.
Gracias, Carlos!
¿Y quien obedece a Cristo?…
Existe la legitimidad de la desobediencia, claro que sí, pero es más, existe la OBLIGACION de la desobediencia en muchos casos. Está recogida en muchas Reglas de ordenes religiosas (se cita en el artículo a San Ignacio) pero también lo tiene recogida, por ejemplo, la regla de los Dominicos cuando habla de la obediencia. Y esa obligación de desobedecer -porque lo mandado es contrario a Dios- algunos se preguntan sino debería ampliarse, en tanto no se rectifique sin dolo, al seguimiento de enseñanzas dadas por quien se mantiene en errores graves, porque se induce asi a la confusión y al error. Todo lo dicho por herejes manifiestos en la historia de la Iglesia o en la actualidad, está claro que no es malo pero si, por falsa caridad, le doy altavoz, lo sigo, etc. tengo el peligro de confundir, sobre todo a los mas sencillos o menos informados, de las otras enseñanzas o mandatos malos. Esto se conoce hoy muy bien dentro de la Sociología y la Psicología social y , por supuesto, el marketing manipulador. Las técnicas del que hace «mobbing» sobre los que tiene poder, también van por ahí. Por eso, ojo, un silencio oportuno puede ser lo correcto, junto con la denuncia de los hechos o palabras malos. A todos se nos ha enseñado y se nos ha dicho que tenemos OBLIGACION DE JUZGAR las acciones y palabras del prójimo. En cuanto a él, al prójimo, debemos amarle, respetarle si está revestido de autoridad en cuanto a esa autoridad, pero no podemos condescender con sus acciones ni dejar de juzgar y denunciar adecuadamente. El «quien soy yo para juzgar» es una falacia , cualquier católico y hombre de buena voluntad y recto juicio debe juzgar los hechos («por los frutos los conoceréis… todo arbol bueno da frutos(hechos, palabras) buenos y todo arbol malo da frutos malos») porque «para que el mal avance sólo es necesario que los buenos no hagan nada». «…Y los hombres prefirierons las tinieblas a la Luz porque sus obras eran malas…porque el que obra el mal no quiere venir a la luz para que no sean JUZGADAS sus obras».
Gracias, natanael!
«Todo ello, claro está, partiendo de la premisa de que la autoridad que emite la instrucción, orden o ley; sea la legítimamente nombrada y elegida para el cargo; o no se haya situado, por sus propios actos objetivos, en excomunión manifiesta e inhabilitante para dar órdenes de facto… Porque en ese caso ni siquiera haría falta entrar a valorar la doctrina antes expuesta…Si se diera el caso, claro…»
Pues puede ser que ya se haya dado el caso y simplemente nos resistamos a creerlo posible…
Terrible situación…