Así es el proceso que sigue la Iglesia cuando un sacerdote es acusado de abusos

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Un experto en derecho canónico y en el proceso que se sigue con los sacerdotes católicos cuando son acusados de abusos sexuales explicó detalladamente cómo son los procedimientos que sigue la Iglesia en estos casos.

El P. Damián Astigueta, profesor de derecho canónico en la Pontificia Universidad Gregoriana en Roma, respondió a una serie de interrogantes respecto al rol de los obispos, la llamada “dimisión” del estado clerical, las razones por las que en ocasiones algunos sacerdotes no son expulsados, entre otros cuestionamientos.

El rol del obispo

En entrevista concedida a CNA -agencia en inglés del Grupo ACI- el experto en derecho canónico explicó que “cuando el obispo recibe la noticia de que se ha cometido un abuso tiene la obligación, una obligación seria, de intervenir”.

En primer lugar, el obispo debe intervenir a nivel judicial, alertando a las autoridades civiles, y también a nivel pastoral en un proceso que varía según cada país.

A nivel pastoral, los obispos desde el principio deben dirigir su atención inmediata a las víctimas “para acogerlos y ayudarles a entender que no estamos en contra de ellos y buscamos la verdad”.

Una vez comenzada la investigación, el obispo puede, pero sin estar obligado, aplicar una “medida cautelar”, que es un tipo de medida disciplinaria que se ejecuta para evitar que “el proceso sea contaminado”.

Un sacerdote, por ejemplo, podría tratar de presionar a una víctima para que se retracte en su declaración, por lo que el obispo puede decidir “distanciar” al sacerdote del proceso.

Esta opción también podría hacerse en situaciones donde existe el riesgo de un escándalo grave.

Luego se sigue una investigación canónica y el proceso en sí mismo que concluye con la declaración de inocencia o culpabilidad del acusado.

Cuando el sacerdote es declarado culpable, el obispo debe hacer cumplir la sentencia que se le impone, e incluso puede ser quien haga cumplir el decreto de dimisión del estado clerical que tiene la autoridad de la Congregación para la Doctrina de la Fe, el departamento del Vaticano que se encarga de estos casos.

El P. Astigueta también se refirió a los casos en los que el obispo trata de manera negligente las acusaciones de abusos sexuales. En algunos casos la negligencia, por su gravedad, puede llevar a la destitución del prelado..

En el caso de la expulsión por negligencia, el obispo debe renunciar porque “no actuó como debería”, precisó el experto.

Algunos ejemplos de negligencia son la reubicación de los sacerdotes acusados de abusos, en vez de iniciar el proceso de forma inmediata, no tomar medidas cautelares contra un sacerdote acusado de abuso; o no percatarse de otros abusos cometidos anteriormente y/o no seguir el protocolo requerido por las disposiciones eclesiales.

Dimisión del estado clerical

Cuando un sacerdote es declarado culpable de abusos sexuales, la pena máxima que puede recibir en el ámbito eclesial es la expulsión del estado clerical.

En la práctica, esto significa que se le prohíbe de modo permanente el ejercicio de los derechos propios del estado clerical como celebrar Misa, oír confesiones y administrar los demás sacramentos.

También queda exento de sus obligaciones como el rezo de la Liturgia de las Horas y la obediencia al obispo.

El profesor de Derecho Canónico de la Pontificia Universidad Gregoriana también destacó la importancia de no entender la dimisión como una “reducción al estado laical”, ya que esa aproximación lo que hace es aproximarse al laicado “de manera despectiva, como si fueran algo menor” cuando no es así.

Sin embargo, precisó, la dimisión del estado clerical no significa, en estricto, que el sacerdote ya no sea sacerdote, puesto que el sacramento del Orden imprime en el varón que lo recibe “un signo ontológico” que nunca perderá.

Además, dijo el experto, un hombre que pierde el estado clerical podrá ejercer su ministerio en algunos casos excepcionales, como cuando alguien en peligro de muerte le solicita los sacramentos.

¿Por qué no todos los sacerdotes culpables de abusos pierden el estado clerical?

Para el P. Astigueta, la respuesta a esta pregunta tiene dos componentes principales: no todos los actos de abuso son iguales en términos de gravedad y la situación misma del sacerdote varía de caso en caso.

En primer lugar, el derecho civil considera una diferencia en la gravedad entre la pedofilia –que involucra a niños prepúberes– y la efebofilia, que involucra a adolescentes.

En otros casos, explicó el sacerdote, puede existir cierto grado de consentimiento con un adolescente mayor, lo que puede complicar aún más el asunto.

Considerando estos y otros factores, la Iglesia decide en ocasiones un castigo distinto a la dimisión del estado clerical y en su lugar condena al acusado, por ejemplo, a una vida aislada dedicada a la oración y la penitencia.

El experto en derecho canónico precisó que la Iglesia a veces elige este castigo, que es menos fuerte, porque en cierto sentido, “cuando le doy a una persona una sanción que lo destruye, ya no se trata de una sanción sino de una venganza”.

El P. Astigueta recalcó que ofrecer ayuda a las víctimas y hacer justicia es siempre la  prioridad máxima de la Iglesia cuando se trata de abusos cometidos por clérigos, pero la Iglesia también muestra su preocupación por el pecador.

Destacó la importancia de la misericordia en el proceso, particularmente cuando se trata de sacerdotes ancianos, además de la propia responsabilidad de la Iglesia respecto a sus miembros.

Hay un canon (c.1350 § 2) que establece “que existe un deber de caridad hacia ellos”, lo que significa “ayudarlos y cuidarlos en la medida que la persona se deje ayudar”.

Además, según el canonista, si la Iglesia destituye inmediatamente del estado clerical a todo sacerdote abusador, esto podría causar más daño.

“A veces nos encontramos en situaciones en que si estas personas son arrojadas a la calle, estoy soltando a un posible asesino en serie”, advirtió el P Astigueta, haciendo referencia a aquellos individuos que son pedófilos.

La misericordia en casos de abusos “nunca va en contra de la justicia” ya que el primer acto de misericordia es “decir la verdad”. Una vez conocida esta verdad, el agresor puede ser sancionado “para evitar que la pena sea una venganza”, insistió el sacerdote.

¿En qué consiste una vida de oración y penitencia?

Los sacerdotes ancianos declarados culpables de abusos sexuales son los que generalmente se encuentran en esta situación, mientras que los más jóvenes con algún tipo significativo de trastorno mental son usualmente enviados a comunidades terapéuticas.

El P. Astigueta explicó que, en lo práctico, la vida de oración y penitencia se refiere al hecho que “la persona está aislada, a veces más, a veces menos” y generalmente “no tiene acceso directo al teléfono o al televisor, y debe dedicarse a leer, rezar y caminar dentro de la casa”.

En algunos casos se le prohíbe salir de la casa, a la que ha sido confinado, sin permiso, bajo pena de incurrir en más sanciones. A veces pueden celebrar la Misa con otras personas, pero “siempre con la prohibición muy clara de que ‘no puedes salir de aquí sin autorización’”.

Si un sacerdote que recibe esta sentencia no quiere obedecer, la Iglesia “puede imponerle la destitución total” del estado clerical.

La Iglesia “no es una prisión”, sostuvo el P. Astigueta, “no tiene un sistema penitenciario como un estado, pero alguien debe vigilar a aquellos que han sido removidos del ministerio”.

Esto implica “un deber muy pesado para la Iglesia, porque ¿quién es el que supervisa? ¿Quién es responsable de él? No es tan fácil, implica muchas obligaciones”.

Por otro lado, el canonista indicó que muchos sacerdotes que son llevados a este tipo de vida son personas que “quieren dejarse ayudar y reconocen que esta pena es una tabla de salvación para ellos”.

En cuanto a los laicos, el canonista explicó que técnicamente hablando existe un proceso canónico diferente respecto a los sacerdotes.

Los clérigos que cometen abusos sexuales son acusados bajo un canon (1395 §2) que criminaliza los delitos contra el sexto mandamiento que son cometidos por fuerza o amenazas, o públicamente, o con un menor de 16 años.

En cambio, en el caso de los laicos, la Iglesia aplica un canon (1399) que cubre la situación en la que el criminal “va en contra de una ley divina o eclesiástica con daño o peligro de escándalo grave”.

También deben considerarse los casos de víctimas con discapacidad mental, así como muchas otras formas de abuso “que deben considerarse crímenes”.

Una reflexión final

Al concluir la entrevista, el P. Astigueta subrayó la importancia de imponer el castigo justo a cada sacerdote culpable de abusos según su situación particular, y advirtió sobre la tentación de utilizar inmediatamente la pena máxima, la dimisión del estado clerical, en todos los casos.

Es un hecho, afirmó el sacerdote, que todos los estados que han intentado endurecer las penas para prevenir nuevos crímenes “no lo han logrado”.

Lo único que realmente hace que los crímenes disminuyan son medidas preventivas y “la conciencia de las personas, la intervención de las personas”, específicamente a través de la educación.

«Si todas las personas dentro de la Iglesia trabajaran para que exista un ambiente sano, no de sospecha, sino sano y prudente”, estos actos delictivos disminuirían, concluyó el experto.

Traducido y adaptado por Bárbara Bustamante. Publicado originalmente en CNA

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Comentarios
10 comentarios en “Así es el proceso que sigue la Iglesia cuando un sacerdote es acusado de abusos
  1. ¿por qué un sacerdote acusado («no denunciado») con calumnias de este tipo y otros, la Iglesia no tiene un Tribunal (como existe en la vida civil), donde antes se interrogue al acusado y a sus calumniadores donde se pueda defender y probar su inocencia antes de ser condenado?
    Conozco algún caso, suspendido el sacerdote por calumias difundidas en periódicos, por envidias de sus mismos compañeros sacerdotes.
    No pregunto por preguntar. Soy hija de Magistrado y jamás vi que en lo civil o penal se condenara ningún acusado sin antes tener un juicio sin derecho a defensa, ddonde probar si las acusaciones son auténticas, denunciadas, o simplemente calumnias.
    ¡¡En los momentos que vivimos, dentro de la Iglesia, lo más sencillo para cargarse a un buen sacerdote por envidia, es recurrir a la calumnia!! Y desgraciadamente esto está siendo muy común.
    a

  2. «el obispo … tiene la obligación, una obligación seria, de intervenir»

    Una obligación «seria». Impresionante. Y por supuesto no hacen ni caso a esa obligación «seria».

    «En algunos casos la negligencia, por su gravedad, puede llevar a la destitución del prelado..»

    ¿? ¿En algunos casos? Vaya… vaya. Tolerancia cero. Sólo «en algunos casos» de neglicencia. Si señor. A eso se le llama tolerancia cero. A ver quién es el guapo de decirme a mí un solo ejemplo en el que el obispo haya sido destituído por «negligencia grave» en un caso de pederastia. El caso más sangrante que conozco, el del Cardenal Bernard Law, que movió a cientos de sacerdotes de parroquia en parroquia tras las denuncias continuadas de que metían mano a los niños, no fue «destituído», ¿Verdad? ¿¡¡¡Qué me está contando este señor!!!?

    Mola lo de distinguir entre meterle mano a un preadolescente y meterle mano a un adolescente. Al parecer, un sacerdote que le mete mano a menores de 10 años es una alimañan que no puede seguir impartiendo misa, pero un sacerdote que le mete mano a una niña de 14 años está perfectamente capacitado para seguir siendo sacerdote. Tolerancia cero, sí señor. Y la pena, condenarlo a una vida de oración, que hasta el momento ¡¡¡Era su trabajo!!! ¡Para eso se hizo sacerdote! De broma, vamos. Eso, lógicamente, si no acaba en la cárcel, que es la pena civil para quien le mete mano a una niña de 14 años.

    En fin. ¡¡¡Toma tolerancia cero!!!

    1. Los abusos sexuales la pedofilia y sus variantes,no consisten en meterles la mano, como desvirtuadamente se dice aqui sino pene en el ano.

  3. Este canonista presupone que el sacerdote es culpable una vez que exista una denuncia, sin pensar que pudiera ser falsa. Sus mismas palabras indican que no cree en la presunción de inocencia: «“cuando el obispo recibe la noticia de que se ha cometido un abuso tiene la obligación, una obligación seria, de intervenir”. Lo que se hace con un sacerdote en tales cases no se compara con lo que se hace con otros profesionales como pofesores o psicólogos. Estos no son sometidos a ninguna suspensión al menos hasta que haya pruebas y una vista oral. Es una caza de brujas y en teoría el scerdote tiene derecho a un abogado canónico, pero en muchos casos es un brindis al sol. Le pasa lo mismo que le pasó a Rita Barberá que una vez acusada, fue considerada culpable, condenada por los medios de comunicación. y al final final sabemos lo que sucedió con ella. Se le retira del ministerio. Ya Infovaticana publicó el caso de un sacerdote peruano que fue destituido del ministeio, mientas la Corte Suprema de Perú lo declaró inocente y mandó a la Policía a limpiar su récord, y no es el único. Conozco a otros dos sacerdotes que fueon acusados de pederastia y fueron retirados del ministerio con abundante cobertura mediática. Luego de casi un año de investigación, el Fiscal desestimó la denuncia. El caso se ha pasado a la CDF y ahora están en limbo, y desde luego sin defensa canónica. Hay un buen número de sacerdotes en EEUU en la cárcel pese a ser inocentes. Hasta la revista Newsweek ha publicado un reportaje sobr eun caso sonado en Filadelfia, y uno de los tres sacerdotes encarcelados ya está muerto. Otro está en la cárcel por ser Delegado del Clero y supuestamente no haber vigilado, pero lo más probable es que no ha habido caso. Luego hay hasta denuncias en contra de sacerdotes muertos. Un sacerdote chino, que se escapó de China por persecución, fue falsamente denunciado y después de ganar el juicio, le hizo juicio a la asociación que inventó el caso, por injurias graves y calumnias y ganó.

    El eslogan de «tolerancia cero» es una receta para privar a los sacerdotes de sus derechos fundamentales. Leyes hechas de prisa y corriendo para aplacar a la prensa son malas leyes, y es el caso de las que hay del los abusos. De hecho, la gandísima mayoría de los casos no son pedofilia, sino efebofilia, es decir, homosexualidad. En EEUU, ya el número de denuncias consideradas creíbles no supera los 10 al año.

    Lamentablemente no hay justicia y, al parecer, menos en la Iglesia. Muchos obispos, sabiendo que se trataba de una denuncia falsa no se han molestado en ayudar al sacerdote a defenderse y en EEUU han preferido ofrecer sumas millionarias a los falsos denunciates. Falta publicar el otro capítulo de este lío de la pederastia, es decir los muchos sacerdotes falsamente acusados. Un mal por grave que sea no justifica otro mal.

    1. No vengan con el cuento de que en los casos de acusaciones falsas la iglesia y los sacerdotes prefieren ofrecer y pagar sumas millonarias. Lo que esta probado en Canada y USA, es que las iglesias mientras duran los procesos hacen transferencias y ventas de sus bienes y contraen deudas simuladas y se declaran en quiebra y asi burlan las ordenes judiciales de indemnizar a las victimas, o sea una burla de la justicia que no va con ningun mandamiento cristiano. Y esas victimas han seguido todo el proceso judicial y probado los abusos sexuales, no metidas de mano como dicen aqui. La movida de sacerdotes de Parroquias y el encubrimiento es para continuar con sus practicas sin recibir castigo alguno, en muchos casos hasta los promueven, pues es una cadena donde los obispos al proteger a los sacerdotes se estan protegiendo a ellos mismos pues son amenazados por los sacerdotes culpables de denunciarlos si no los encubren. Esto esta en las notas periodisticas referidas a casos probados

  4. TH: Todo el mundo es inocente mientras no se demuestre lo contrario. Pero si mi vecino entra en mi casa, y me roba y me da una paliza, yo no necesito ningún juicio para saber que es culpable, ¿Verdad? De hecho en defensa propia puedo incluso matarlo sin consecuencia alguna en determinadas situaciones, ¿Verdad? Pues eso. Y antes de juicio gente como Bárcenas o Granados pisaron la cárcel, porque las pruebas son suficientes con o sin juicio. ¿O no?

    Lo de que lo de los sacerdotes no se compara con profesores o psicólogos es completamente cierto. Jamás se le ocurriría a ningún responsable ocultar los abusos de un profesor en un colegio, como hace la Iglesia Católica. ¿Conoce usted algún otro caso como el del Cardenal Law que moviera a cientos de sacerdotes de una parroquia a otra? El equivalente sería un consejero de alguna comunidad autónoma cambiando al profesor de un colegio a otro… ¿A que eso no ocurre entre los laicos? Pues eso.

    Que usted conozca un caso, o dos, o cuatro, de sacerdotes inocentes injustamente acusados no quiere decir ABSOLUTAMENTE NADA. Sólo quiere decir que usted conoce un caso (o dos… o cuatro). Obviamente. Lógicamente. Igual que los hay también entre profesores o psicólogos. ¿Y?

    La podredumbre entre los sacerdotes no tiene igual en el resto de la sociedad. El informe John Jay, de la Iglesia Católica, cifra en miles los casos de abusos por sacerdotes en los EEUU. Tantos como un abuso por sacerdote. Casi nada. ¿La prueba? Aquí:

    http://www.usccb.org/issues-and-action/child-and-youth-protection/upload/The-Causes-and-Context-of-Sexual-Abuse-of-Minors-by-Catholic-Priests-in-the-United-States-1950-2010.pdf

    Página 8. En los años 70 más de 800 casos/año de abusos sexuales. En 10 años serían 8 mil. En 40 años de servicio de un sacerdote 40 mil (igual al número de compañeros sacerdotes de ese sacerdote). ¡La leche! No me extraña que los obispos no denuncien. Si lo hicieran se quedarían sin sacerdotes.

  5. No conozco a curas pederastas o que cometan abusos sexuales. Si conozco a curas rojos anticristo, antireligión católica, apóstatas y que no hacen nada más que mal a la religión católica. Doy por calumnias las denuncias que hacen exsemenaristas ( y en algunos casos de hace 30 años) llevados por el odio a los curas, iglesia católica, religión, es decir, personas ateas, apóstatas que reniegan de la fe.

  6. Máximo: ¿Cómo sabe usted que no conoce a curas pederastas? ¿Les ha preguntado usted?

    De usted por calumnias lo que le parezca. Porque usted diga que son calumnias no quiere decir que lo sean.

    Va a ser que el Papa, los cardenales, los obispos, etc… piden perdón «por que sí». ¿Verdad? Va a ser que Benedicto XVI «se equivocó» al pedir disculpas:

    https://www.youtube.com/watch?v=6c-WjJgDIew

    ¿Verdad? Va a ser que usted sabe más que él sobre este tema en la Iglesia Católica. O quizá es un cobarde, y se deja llevar por las calumnias, ¿Verdad? Va a ser que Marcial Maciel era un santo, ¿Verdad? Todo calumnias. Todo mentira. No pasa nada.

    Va a ser que todo esto no pasó:

    https://www.youtube.com/watch?v=kOCuk4YDT_o

    ¿Verdad? Nada, nada… usted siga metiendo su cabeza en un agujero. No pasa nada. No hay que cambiar nada. Todos esos niños y niñas católicos, esos monaguillos, lo mejor de entre esa juventud, los más creyentes y devotos, todos unos mentirosos, fingiendo que el sacerdote le metió mano. Y aún cuando se demuestra (que hay que demostrarlo, y no siempre es fácil) y el cura es juzgado y condenado, usted siga diciendo que es mentira. Siga metiendo su cabeza en un agujero, que no pasa nada.

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