La defensa había recurrido el auto en el que la magistrada denegaba la petición de libertad por existir «indicios suficientes» de los graves delitos de los que se le acusa.
La Audiencia Provincial ha ratificado la denegación de libertad que la familia del Brujo Miguel, fundador de la secta destructiva de los Miguelianos, había solicitado. En un auto fechado el pasado martes, la sección segunda de la AP de Pontevedra confirma en su integridad el auto del pasado mes de septiembre y da un respiro a las víctimas: Miguel seguirá en prisión.
En el auto recurrido, la juez, en su fundamento jurídico tercero, anticipaba parcialmente su dictamen sobre la culpabilidad de Miguel, apreciando una apariencia de buen derecho que justificaba mantenerle en prisión:
En efecto, de las diligencias policiales practicadas hasta el momento, se infieren indicios suficientes para considerar que el imputado es responsable de una pluralidad de delitos que surgirían alrededor de otro principal, el de asociación ilícita del art. 515.3 CP, tales como abusos y agresiones sexuales presuntamente cometidos sobre adultos cuya voluntad se encontraba anulada y sobre menores de edad y otros posibles delitos contra el patrimonio como el de estafa o contra la Hacienda Pública.
El principal hecho imputado a Miguel Rosendo, pues, sería la constitución, promoción y dirección de un entramado asociativo que además de los fines lícitos que desarrollase, sirviera de amparo para la presunta ejecución de otras conductas que pudieran atentar contra la integridad moral o sexual de
algunos de sus miembros. Junto al hecho de controlar la dirección de la asociación lícita, otros hechos que se le imputan a Miguel Rosendo tiene que ver con la posible comisión de delitos contra el patrimonio en orden precisamente al cumplimiento de los deberes de transparencia tributaria y las conductas de aquellos socios que allegaron fondos a la asociación de un modo supuestamente viciado, habida cuenta de la notable disparidad entre lo declarado tributariamente y el alto poder adquisitivo que se manifiesta en el informe remitido por la Agencia Tributaria.
Los delitos contra la libertad sexual tienen todos la consideración de graves debido a la pena asignada legalmente y los otros delitos que se investigan tienen también atribuidas penas superiores a dos años de prisión.
Puede leer el auto de la Audiencia Provincial aquí.
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«sobre adultos cuya voluntad se encontraba anulada»…mmmm. Suena a verso.
Abuso sexual de menores+abuso sexual de adultos+mucho manejo de plata= culpable a priori
Qué obsesión con este hombre!
La sectona del listillo guay y guapitas monjas postconciliares. Si fuera el único, pero es una punta de un iceberg mundanizante burguesote.