La Xunta de Galicia restablece el concierto con colegios católicos que ofrecen educación diferenciada por sexos, tras la nulidad de una sentencia del TS por su descontextualización con la nueva Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa.
El concierto de colegios católicos llevaba varios días en la cuerda floja en Galicia. Una sentencia del Tribunal Supremo declaraba ilegales los conciertos realizados con centros educativos dirigidos para alumnos de un solo sexo, amparados en la ley de discriminación. Sin embargo, la Xunta ha declarado que dicha sentencia del TS ya no es válida debido a la reciente Ley Orgánica para la Mejora de la Calidad Educativa, en la que se afirma que el Estado «da cobertura legal al sostenimiento con fondos públicos de los centros con educación diferenciada por sexos, tras la modificación realizada en el artículo 84.3». La Xunta también ha declarado que «no constituye discriminación la admisión de alumnos o la organización de la educación diferenciadas por sexos, siempre que la enseñanza que impartan se desarrolle conforme a lo dispuesto en el artículo 2 de la Convención relativa a la lucha contra las discriminaciones en la esfera de la enseñanza, aprobada por la Conferencia General de la UNESCO el 14 de diciembre de 1960».
La medida afecta a tan solo cinco colegios de Galicia, cuyo concierto había sido declarado ilegal por el TS. Ahora, grupos opositores a la Iglesia han afirmado que el concierto de dichos colegios es un acto de la «ideología más reaccionaria», y que constituye un «uso fraudulento de los recursos públicos». Miembros del Partido Socialista han calificado esta decisión de «sectarismo ideológico radical» y aseguran ya haber recurrido la norma ante el Tribunal Constitucional.
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