| 08 junio, 2014
Objeciones por las que parece que no hay que poner nociones en Dios:
1. Dice Dionisio en el c.1 De Div. Nom.: Fuera de lo que nos ha sido transmitido expresamente en los escritos sagrados, nadie debe atreverse a decir algo de Dios. Pero en los escritos sagrados las nociones ni son mencionadas. Luego no hay que poner nociones en Dios.
2. Todo lo que se pone en Dios, o pertenece a la unidad de esencia o a la trinidad de personas. Pero las nociones no pertenecen a la unidad de esencia ni a la trinidad de personas. Pues de las nociones no se dice lo que es propio de la esencia; de hecho no decimos que la paternidad sea sabia o creadora. Tampoco lo propio de la persona; de hecho no decimos que la paternidad engendra y la filiación es engendrada. Luego no hay que poner nociones en Dios.
3. En lo simple no hay que poner algo abstracto como principios de conocimiento, pues se conoce por sí mismo. Pero las personas divinas son simples totalmente. Luego no hay que poner nociones en Dios.
Contra esto: está lo que dice Juan Damasceno: Reconocemos la diferencia de las hipóstasis (de las personas) en tres propiedades: la paternal, la filial y la procesional. Luego hay que poner propiedades y nociones en Dios.
Respondo: Prepositino, atendiendo a la simplicidad de las Personas, dijo que no hay que poner propiedades y nociones en Dios. Si las encontraba en alguna parte, explicaba lo abstracto por lo concreto. Pues así como solemos decir Ruego a tu benignidad, esto es, A Ti benigno, así también en Dios paternidad se dice Dios Padre.Pero, como ya quedó demostrado (q.3 a.3 ad 1; q.13 a.1 ad 2), la simplicidad divina no impide que usemos y apliquemos a Dios nombres concretos y abstractos. Porque nombramos las cosas tal como las entendemos. Cierto que nuestro entendimiento no puede aprehender la simplicidad divina tal como es en sí misma; por eso la aprehende y nombra a su manera, es decir, tal como la encuentra en las cosas sensibles, de las que toma su conocimiento. En las cosas sensibles usamos nombres abstractos para indicar las formas simples; y usamos nombres concretos para indicar las realidades subsistentes. Por eso y tal como dijimos (q.3 a.3 ad 1; q.13 a.1 ad 2), lo divino, en razón de la simplicidad, lo indicamos con nombres abstractos; en razón de la subsistencia y perfección, lo indicamos con nombres concretos. Además, es necesario que no sólo los nombres esenciales los indiquemos en abstracto y en concreto, como cuando decimos deidad y Dios, o sabiduría y sabio; sino también los nombres personales, como paternidad y Padre. A esto nos vemos obligados por dos motivos principalmente. 1) Uno, la presencia de los herejes. Pues cuando confesamos que el Padre, el Hijo y el Espíritu Santo son un solo Dios y tres personas, así como a los que preguntan por qué un Dios, por qué tres personas, les respondemos que son uno por la esencia o deidad, así también fue necesario que hubiera algunos nombres abstractos con los cuales se pudiera dar una respuesta sobre la distinción de personas. Y así es como las propiedades o nociones, como paternidad o filiación, son indicadas en abstracto. Por eso, en Dios la esencia se indica con ¿qué?; la persona con¿quién?; la propiedad con por lo que. 2) El segundo motivo está en que en Dios una persona se encuentra referida a dos personas, esto es, la persona del Padre a la persona del Hijo y a la persona del Espíritu Santo. No que haya una sola relación; pues, de ser así, el Hijo y el Espíritu Santo estarían referidos al Padre con una y la misma relación; de este modo, como quiera que la relación es lo que en Dios hace la Trinidad, se seguiría que el Hijo y el Padre no serían dos Personas. Tampoco puede decirse, como lo hacía Prepositino, que, así como Dios se relaciona de un solo modo con las criaturas, y, sin embargo, las criaturas se relacionan de muchas maneras con Dios, así también el Padre, con una relación, se refiere al Hijo y al Espíritu Santo; y, sin embargo, estos dos lo hacen con El con dos relaciones. Esto no puede sostenerse porque, como la razón específica relativa consiste en aquello por lo que uno se relaciona con otro, es obligatorio decir que las dos relaciones no son diversas por la especie si, por la parte opuesta, sólo le corresponde una relación. La relación del señor y del padre pertenece a otra especie, por la diversidad que se da en la filiación y la servidumbre. Por otra parte, todas las criaturas se relacionan con Dios con una sola especie de relación, esto es, en cuanto que son criaturas suyas. En cambio, el Hijo y el Espíritu Santo no están referidos al Padre bajo una sola razón de relación. Por lo tanto, no vale el símil. Además, por parte de Dios no es imprescindible su relación real con las criaturas, como ya se dijo (q.28 a.1 ad 3); si bien no hay inconveniente en multiplicar en El las relaciones de razón. Pero sí es necesario que en el Padre haya una relación real con el Hijo y el Espíritu Santo. Por lo tanto, atendiendo a las dos relaciones que el Hijo y el Espíritu Santo tienen con el Padre, hay que entender que también en el Padre hay dos relaciones, una para con el Hijo y otra para con el Espíritu Santo. Por todo lo cual, y como quiera que no hay más que una persona del Padre, fue necesario indicar separadamente las relaciones en abstracto. Las llamamos propiedades y nociones.
A las objeciones:
1. Aun cuando en la Escritura ni se mencionan las nociones, sin embargo, sí se hace mención de las Personas en las que hay que entender la presencia de nociones, como lo abstracto en lo concreto.
2. En Dios las nociones no se indican como realidades, sino como determinadas razones con las que son conocidas las Personas, aun cuando las mismas nociones o relaciones en Dios sean reales, como se dijo anteriormente (q.28 a.1). De este modo, las que mantienen algún orden a algún acto esencial o personal, no son aplicables a las nociones, puesto que contradice el mismo modo de indicarlas. Por eso no podemos decir que la paternidad engendre o crea, sea sabia o inteligente. Pero las realidades esenciales que no mantienen orden a algún acto, sino que alejan de Dios las condiciones de las criaturas, se pueden aplicar a las nociones. De hecho, podemos decir que la paternidad es eterna o inmensa o cualquier otra cosa parecida. Igualmente, y por la identidad real, los sustantivos personales y esenciales pueden aplicarse a las nociones. De hecho, podemos decir que la paternidad es Dios, y la paternidad es Padre.
3. Aun cuando las personas sean simples, sin embargo, y sin anular la simplicidad, las razones propias de las personas pueden ser indicadas en abstracto, como acabamos de decir.
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