| 29 mayo, 2014
Objeciones por las que parece que el nombre persona no puede ser común a las tres personas:
1. Nada hay común a las tres personas, sólo la esencia. Pero el nombre persona no indica directamente la esencia. Luego no es común a las tres.
2. Lo común se opone a lo incomunicable. Pero a la razón de persona pertenece ser incomunicable, según la definición de Ricardo de San Víctor aducida anteriormente (q.29 a.3 ad 4). Luego el nombre persona no es común a las tres.
3. Si fuera común a las tres, esto común sería real o de razón. Real no puede ser, ya que las tres personas serían una sola. Tampoco sólo de razón, ya que persona sería universal, y en Dios, como ya quedó demostrado (q.3 a.5), no hay universal ni particular, ni género ni especie. Por lo tanto, el nombre persona no es común a las tres.
Contra esto: está lo que dice Agustín en el VII De Trin.: Si se pregunta ¿Qué tres? se responde: Tres personas, porque persona es común a los tres.
Respondo: Cuando decimos tres personas, el mismo modo de hablar manifiesta que el nombre persona es común a los tres; como cuando decimos tres hombres, manifestamos que hombre es común a los tres. Resulta evidente que lo común no es la realidad, como lo es a los tres la esencia; porque, de ser así, en los tres habría una sola persona como hay una sola esencia.Qué tipo de comunidad es la que hay entre los tres, los estudiosos se han pronunciado con pareceres contrastados. Algunos han dicho: comunidad de negación. El motivo está en que en la definición de persona entra incomunicable. Otros han dicho: comunidad de intención. El motivo está en que en la definición de persona entraindividuo, como si se dice que ser especie es común al caballo y al buey. Pero ambas opiniones son rechazables, porque el nombre persona no es nombre de negación ni de intención, sino real. De este modo, hay que decir que también en las cosas humanas el nombre persona es común con comunidad de razón, no como el género o la especie, sino como individuo indefinido. Pues los nombres de los géneros y de las especies, como hombre o animal, se dan para indicar las mismas naturalezas comunes expresadas con las palabras género o especie. Pero un individuo indefinido,como algún hombre, indica la naturaleza común con el modo concreto de existir que corresponde a los singulares, esto es, subsistente por sí mismo y distinto de los demás. Pero en el nombre individuo concreto se está indicando algo determinado que distingue. Como en el nombre Sócrates lo pueden ser esta carne y estos huesos. Sin embargo, hay que advertir que algún hombre indica la naturaleza, o individuo por parte de la naturaleza, con el modo de existir que le corresponde a los singulares. Y el nombrepersona no se da para indicar la realidad subsistente en tal naturaleza. Lo común, por razón, a las tres personas divinas es lo siguiente: que cada una subsiste en la naturaleza divina, siendo distinta de las demás. De este modo, el nombre persona, por razón, es común a las tres personas divinas.
A las objeciones:
1. Aquel argumento se fundamenta en la comunidad real.
2. Aun cuando la persona sea incomunicable, sin embargo, esta incomunicabilidad, como modo de existir, puede ser común a las tres.
3. Aun cuando haya comunidad de razón y no real, sin embargo no puede concluirse que en Dios haya universal y particular, o género y especie. Tampoco en las cosas humanas la comunidad de personas es comunidad de género o especie. Las personas divinas tienen un ser; y el género y la especie, como cualquier universal, se atribuye a muchos en cuanto que tienen ser distinto.
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